¿En qué consiste el delito de insolvencia punible?
En el ámbito empresarial y también personal, el dinero puede convertirse en un problema en diferentes circunstancias. Cuando existe un deudor que no cumple con lo que debe, los inconvenientes que acarrea pueden ser totalmente desastrosos e incluso llevar a pique a un negocio.
En diferentes ocasiones esto se da porque existe cierta intencionalidad y es lo que se conoce como un delito de insolvencia punible. Si tú o tu empresa sois víctimas de ello, lo cierto es que la justicia tiene diferentes mecanismos para abordarlo.
Pero, ¿en qué consiste realmente un delito de insolvencia punible y cómo identificarlo?, ¿se puede poner una denuncia? A continuación, resolvemos todas estas dudas y te explicamos lo que indica el Código Penal en este sentido.
¿Qué es insolvencia punible?
La insolvencia punible es un delito de tipo económico que viene contemplado en los artículos 259 a 261 bis del Código Penal. Se da cuando un deudor informa de que no tiene medios económicos o patrimonio suficiente para abordar el pago que debe, sin embargo, ha manipulado sus bienes para poder justificarlo.
En todo caso, para que se considere un delito es imprescindible demostrar que esto se ha efectuado con dolo. Significa que el deudor tiene la intención consciente de engañar a sus acreedores y ha efectuado los actos de manera deliberada, para lucrarse de forma particular a costa de esta estrategia.
Cuando una persona o empresa simplemente no pueden abordar una deuda previamente adquirida porque no cuentan con los medios para ello, no pueden ser castigados. Ocurre en los casos en los que se ha sufrido una pérdida del patrimonio que es definitiva o muy estancada en el tiempo, no un mal momento que es ocasional.
Las conductas que evidencian un delito de insolvencia punible son varias y estas son algunas de las más importantes:
- La ocultación o destrucción de bienes.
- La ejecución de transferencias de dinero o de patrimonio sin justificación ni personal ni empresarial.
- La generación de negocios de compraventa por precios muy inferiores al mercado, a la producción o la adquisición.
- Alteración de la documentación empresa obstaculizando la identificación real del estado económico de un negocio.
- La simulación de determinados créditos propios o de terceros.
- Efectuar inversiones en negocios de índole especulativa sin motivo aparente y con resultados negativos.
Principales características del delito de insolvencia punible
Hemos visto algunas de las conductas que delatan un delito de este tipo. No obstante, para que sea considerado como tal, tiene que comprender las siguientes características:
- Omisión, destrucción u ocultación de los elementos patrimoniales.
- Realización de acciones fraudulentas para evitar el pago de la deuda.
- Acciones efectuadas con voluntariedad, es decir, lo que se denomina como dolo.
En los casos en los que no se incluyen estas características no se puede considerar que se esté cometiendo un delito, es lo que diferencia a una situación de insolvencia natural de un hecho fraudulento.
¿A quién afecta la insolvencia punible?
Ta y como establece el Código Penal en el artículo 261 bis, el delito de insolvencia punible puede ser efectuado por todo tipo de personas físicas o jurídicas. No obstante, lo más habitual es encontrarlo en comerciantes, empresarios o administradores. Viene contemplado para todo tipo de deudores, pero en todo caso están involucradas las empresas.
La responsabilidad penal que tienen las personas jurídicas
Cabe destacar que las personas jurídicas tienen su responsabilidad penal y que efectuar delitos de insolvencia punible puede conllevar penas como las siguientes:
- Pena de prisión con más de 5 años por el delito que se ha efectuado y multa de 2 a 5 años.
- Pena de prisión con 1 a 2 años por el delito que se ha efectuado y multa de 1 a 3 años.
- En el resto de los casos, multas de 6 meses a 2 años.
¿Cómo denunciar un caso de insolvencia fraudulenta?
En el caso de detectar un delito de este tipo, habrá que recopilar las pruebas pertinentes que lo demuestren y poner una denuncia. Justificar que existe una insolvencia punible es algo que se puede hacer con la ayuda de detectives privados expertos, en despachos como Doverty se encargan a menudo de investigar este tipo de situaciones. Sin estas verificaciones será muy complicado, ya que hemos advertido que un caso de insolvencia sin dolo no es delictivo.
Con esto habrá que acudir a presentar una denuncia ante la jurisdicción penal, pues será la que solicite los documentos que acrediten el delito que estamos reclamando. Este caso puede terminar en un juicio en el que se valoren los documentos aportados y se interpongan las penas que vienen tipificadas en el Código Penal.
Las penas de insolvencia fraudulenta
Las penas concretas que tiene la insolvencia punible son las que mencionamos previamente, es decir, con multas de 8 a 24 meses y con prisión de 1 a 4 años. Sin embargo, estas pueden ser diferentes por atenuantes o agravantes.
Las penas atenuadas:
Las penas se pueden atenuar si se demuestra que los actos han sido efectuados por una imprudencia de los deudores. En estos casos se van a enfrentar a multas de entre 12 y 24 meses con penas de prisión de 6 meses a 2 años.
Las penas con agravantes:
A la contra, también se puede considerar que el delito es más grave de lo común y entonces las penas irán de 2 a 6 años de cárcel y entre 8 y 24 meses de multa. Para que se de esta situación hay que cumplir con lo siguiente:
- Cuando el delito va a suponer un perjuicio económico importante a personas que son ya de por sí vulnerables, que están en una situación financiera complicada o tienen falta de medios.
- Los casos en los que el perjuicio económico supera la cantidad de 600 mil euros.
- Cuando al menos la mitad de los deudores pertenecen a administraciones públicas, es decir, Hacienda Pública o Seguridad Social.
Persecución de los responsables de insolvencia punible
Desde el momento en el que se detecta el delito de insolvencia punible es posible que se ponga en marcha un mecanismo de persecución del causante, todo ello sin necesidad de que exista un pronunciamiento previo mercantil o civil. Según marca el código penal, se trata de un acto perseguible en cuanto se dejen de pagar las cantidades correspondientes y sin esperar a la resolución de la justicia. Este punto es muy relevante, pues dota de mayor importancia el acto de proceder a interponer una denuncia y agilizar la resolución del caso. La ley pone muchos mecanismos a nuestra disposición para evitar que este tipo de fraudes se perpetúen.
¿Cuándo prescribe un delito de insolvencia fraudulenta?
Tomar cartas en el asunto es importante en este tipo de delitos, ya que pasado el tiempo puede prescribir y será imposible poner una demanda. La insolvencia punible va a prescribir a nivel administrativo pasados 5 años, aunque el alzamiento con agravantes se alarga hasta los 10 años.