Organigrama de un instituto
Los institutos son centros de enseñanza reglada en los que se imparten las asignaturas que comprenden dos de las etapas que incluye el sistema educativo en España: La Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y el Bachillerato.
El organigrama de un instituto define la estructura interna que hace posible su funcionamiento y en él están representados tanto los equipos responsables de la dirección del centro, como los órganos de coordinación docente y de participación de profesores, padres y alumnos, sin olvidar al resto de personal indispensable.
Para saber cómo funciona un instituto es esencial conocer los elementos y puestos clave que configuran su organigrama, partiendo de una estructura básica que te mostramos en este artículo.
Órganos de gobierno: el equipo directivo unipersonal
El organigrama de instituto sigue un esquema piramidal que sitúa en lo más alto del mismo al equipo de dirección, formado por el propio director, el jefe de estudios y el secretario. Los tres son puestos de máxima responsabilidad, aunque cada uno de ellos desempeña funciones determinadas y perfectamente establecidas.
El director
Las principales funciones del director en un instituto público son:
- Representa al centro ante la Administración.
- Se encarga de dirigir y coordinar el conjunto de actividades que tienen lugar en el instituto con el objetivo de desarrollar el proyecto educativo previsto.
- Es el jefe de personal del centro.
- Convoca y preside actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar.
- Vigila la correcta ejecución del presupuesto asignado al centro, siendo responsable de la contratación de suministros y encargándose de autorizar, además, otros gastos necesarios para el funcionamiento del instituto.
- Debe favorecer la buena convivencia en el instituto promoviendo la comunicación y la coordinación entre los distintos departamentos, así como el contacto fluido entre todos los miembros de la comunidad educativa: profesores, padres y alumnos. Su intervención puede ser necesaria en la resolución de conflictos.
- Participa en el diseño de la acción docente velando por el cumplimiento de la legislación educativa vigente.
- Colabora en las evaluaciones internas y externas.
- Debe estar al día de las innovaciones en materia educativa para su posible aplicación en el instituto y también promover la formación del propio profesorado.
El jefe de estudios
También forma parte del órgano de gobierno de un instituto el jefe de estudios, aunque en este caso sus principales actuaciones y toma de decisiones se circunscriben al ámbito académico.
Las funciones del jefe de estudios son básicamente:
- Establecer la programación anual general diseñando y desarrollando, en colaboración con los profesores, los distintos proyectos curriculares que se imparten en el instituto
- Coordinar todos los aspectos que implica la actividad docente: horario de clases, tutorías, asistencia, periodos de evaluación…
- En caso de ausencia del director podrá sustituirlo, temporalmente, en el desempeño de sus funciones.
El secretario
Por último, el tercer cargo unipersonal integrado en el equipo directivo es el del secretario, máximo responsable en temas administrativos y contables que afectan al instituto. Entre las funciones del secretario destacan:
- Realizar el seguimiento de la gestión administrativa del centro. Expedición de certificados, firma de actas, expedientes académicos, libros de escolaridad…
- Controlar la ejecución del presupuesto y llevar el inventario del centro. Ejercer la jefatura.
Órganos de control y participación colegiados
En lo más alto del organigrama de un instituto también se sitúan dos elementos claves en la gestión y toma de decisiones que afectan a su funcionamiento. Son el Consejo Escolar y el claustro de profesores.
Consejo Escolar
En un instituto, el Consejo Escolar es un órgano de máxima importancia, ya que en él están representados todos los miembros de la comunidad educativa ligados al centro. El consejo está presidido por el director y de él también forman parte el jefe de estudios y el secretario. Además, participan profesores, padres y madres y un representante del ayuntamiento de la localidad donde se encuentre el centro. A diferencia de lo que ocurre en un colegio, que solo imparta Educación Infantil y Primaria, en el Consejo Escolar de un instituto también los alumnos están representados.
Las principales competencias del Consejo escolar son:
- Aprobación y seguimiento del proyecto educativo, así como del reglamento de régimen interno del centro.
- Participación en el proceso de admisión de alumnos.
- Formulación de propuestas sobre el conjunto de actividades que darán forma a la programación anual.
- Análisis y valoración periódica del funcionamiento del instituto y presentación de propuestas para posibles mejoras, teniendo especialmente en cuenta las evaluaciones internas y externas del centro.
- Promoción de la colaboración, con fines educativos, con otros centros o instituciones
- Aprobación del proyecto de presupuesto.
- Promoción de cualquier medida que favorezca la buena convivencia en el instituto y su funcionamiento óptimo.
Claustro
El Claustro de profesores es también un órgano de participación en el control y gestión de los institutos y está formando por el conjunto de profesores (personal docente).
Entre las funciones del claustro, los profesores que lo forman se encargan de:
- Elevar propuestas que den forma al proyecto educativo y la Programación General Anual, teniendo en cuenta, ante todo los aspectos docentes.
- Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar.
- Promover la investigación e innovación pedagógica prestando especial atención a los programas de formación del profesorado.
- Evaluar los distintos proyectos curriculares y, en su caso, proponer posibles modificaciones.
- Participar en la programación del conjunto de actividades que ofrece el instituto a sus alumnos.
- Coordinar tutorías y evaluaciones.
En sus reuniones, generalmente trimestrales, el claustro de profesores tiene la misión de valorar la situación y funcionamiento general del centro para determinar posibles mejoras.
“El equipo directivo, el Consejo Escolar y el claustro de profesores son los principales órganos de gestión y toma de decisiones de un instituto”
La Comisión de Coordinación Pedagógica
El organigrama de un instituto no estaría completo sin la Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP), un órgano esencial en la coordinación de la actividad lectiva del centro. Podría decirse que es el punto de encuentro entre el equipo directivo y los órganos de gestión colegiados, encargándose de armonizar el trabajo académico que se desarrolla en un instituto. La forman los jefes de departamentos de ESO y Bachillerato, el director, el jefe de estudios y los profesionales del departamento de Orientación del centro.
Las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica son:
- Establecer los criterios y líneas generales que permitan determinar los distintos proyectos curriculares, que serán presentados al claustro de profesores. La CCP es la principal responsable del seguimiento del proyecto educativo, velando por su coherencia
- Participar en la evaluación de todas las actividades que se lleven a cabo en el instituto indicando, en su caso, posibles mejoras.
- Colaborar con el claustro en la planificación de evaluaciones, tutorías, calendario de exámenes…
- Organizar el plan de orientación del centro y sus distintas actividades, prestando especial atención al contexto sociocultural y lingüístico propio de cada instituto.
Los departamentos
Los departamentos de un instituto son piezas base de su organigrama que se establecen en función de las necesidades y características de cada centro. Básicamente son órganos de coordinación docente.
En cualquier instituto hay un departamento de orientación que colabora con los departamentos didácticos, cada uno encargado del desarrollo de las actividades relacionadas con una materia: departamento de Matemáticas, Lengua, Inglés, Educación Física, Geografía e Historia…
Finalmente, al organigrama de un instituto hay que sumar el personal no docente, igualmente imprescindible para su funcionamiento, desde los trabajadores de secretaría hasta el personal de mantenimiento y limpieza. También, hay que incluir dos órganos participativos de especial relevancia: la Asociación de Padres y Madres de Alumnos (AMPA) y la Junta de delegados, representantes del alumnado. En ambos casos se trata de dos organismos que, como parte de la comunidad educativa, están representados en el Consejo Escolar.