¿Qué es un arrendamiento para uso distinto de vivienda?
Para realizar este artículo en primer lugar nos vamos a basar en la información que se ofrece por arrendamiento de vivienda. Podemos definir que el arrendamiento de vivienda es el que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. Es la definición que hace la LAU sobre el tema.
Con esta información, es importante destacar que una edificación que no se puede usar para el hábitat de una persona a nivel individual o familiar, no puede ser considerada dentro de la ley de arrendamientos. Eso se debe a que no ofrece las necesidades mínimas para que las personas puedan residir en su interior.
Qué es el arrendamiento para uso distinto de vivienda
El artículo 3.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que los arrendamientos para uso distinto al de vivienda son aquellos en los que el propósito principal del contrato no es la residencia. Esto abarca cualquier arrendamiento sobre una edificación, incluso si no es habitable, como por ejemplo locales comerciales, oficinas o espacios destinados a actividades industriales, recreativas, culturales, entre otras.
En el contexto de la Ley, el término «edificación» no se limita únicamente a lugares habitables, sino que incluye cualquier construcción que pueda albergar actividades diversas, siempre que no sean residenciales principales.
El artículo 3.2 de la misma Ley enumera específicamente los tipos de arrendamientos que se consideran para uso distinto al de vivienda:
- Arrendamientos por temporada: esto incluye alquileres temporales de propiedades urbanas, independientemente de la duración o la finalidad específica de la temporada, como los alquileres de verano.
- Actividades específicas: se refiere a arrendamientos destinados a llevar a cabo actividades como industria, comercio, artesanía, profesiones liberales, recreación, asistencia, cultura o educación. Estos arrendamientos están claramente definidos y cubren una amplia gama de usos comerciales y no residenciales.
Es importante destacar que, según la Ley de Arrendamientos Urbanos, los contratos de arrendamiento para uso distinto al de vivienda, como los mencionados, están regulados por normativas diferentes a las aplicables a los arrendamientos de viviendas habituales. Por ejemplo, el alquiler de plazas de garaje o trasteros no se rige por la LAU, sino por el Código Civil, ya que no se consideran destinados a las actividades mencionadas en el artículo 3.2.
Además, la Ley especifica que estos contratos pueden celebrarse entre cualquier tipo de personas o entidades, ya sean físicas, jurídicas, entidades estatales o administraciones autonómicas. Esto significa que tanto el arrendador como el arrendatario pueden ser individuos particulares, empresas, instituciones públicas u otras entidades sin ánimo de lucro.
Cómo hacer un contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda
Para redactar correctamente un contrato de arrendamiento para uso distinto al de vivienda, es fundamental seguir una serie de pasos y consideraciones legales para asegurar que el documento sea claro, completo y cumpla con las disposiciones legales pertinentes.
- Identificación de las partes: lo primero que hay que dejar claro son las partes que van a afectar al contrato de arrendamiento. En este caso hay que dejar claro quien es el arrendador y el arrendatario. En caso de que haya más de una persona en el nivel de arrendatario, se recomienda dejar constancia de ellos en el contrato para que pueda ser lo más completo posible.
- Descripción del inmueble: para que el contrato pueda tener valor, es necesario que en el mismo se describa lo máximo posible el inmueble. Entre otras cosas, el contrato debe dejar constancia de la dirección, número de registro catastral, espacio alquilado… Por ejemplo, si solo se alquila una habitación, en el contrato se debe dejar constancia de que se alquila una habitación con X metros cuadrados y con derecho a zonas comunes en caso de que se tenga derecho a las mismas.
- Uso: en este apartado se debe dejar constancia del uso que se le va a dar al inmueble durante el periodo de alquiler.
- Duración: es un apartado muy importante al cual hay que prestar atención para evitar problemas por cualquiera de las partes. En este caso se debe dejar constancia de las fechas valor, es decir, inicio y final del contrato. Por supuesto, si tras la finalización del contrato las partes están de acuerdo, el mismo se puede renovar sin problemas.
- Condiciones: en el contrato se deben dejar claras las condiciones económicas. En este caso, se deberá prestar atención a la cuota mensual a pagar, forma de pago y si se solicita unas cuotas de seguridad o no a través de las cláusulas adicionales.
- Legalidad: es crucial asegurarse de que el contrato cumpla con todas las disposiciones legales aplicables, especialmente las establecidas en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y el Código Civil. Consultar con un abogado especializado en derecho inmobiliario puede ser recomendable para asegurar que el contrato esté redactado correctamente y proteja adecuadamente los intereses de ambas partes.
A pesar de que el contrato siempre se debe cumplir, es importante que el propietario también tome medidas de seguridad a través de las cuales asegurarse de que va a cobrar todas las mensualidades. Si el alquiler va a ser por habitaciones, entonces lo mejor es contratar una garantía de alquiler de habitaciones. Actualmente la mejor opción es hacerlo a través de https://www.seag.es/garantia-de-alquiler-seguro-de-habitaciones/. SEAG es la empresa líder del sector en garantía de alquiler y ofrece un servicio especial a las personas que alquilan la vivienda por habitaciones. A cambio de una pequeña cuota el propietario no solo se garantiza el cobro de las mensualidades, también se asegura de otras coberturas como las protecciones judiciales.
Cada vez son más los arrendatarios que optan por esta modalidad ofrecida por SEAG por la gran cantidad de beneficios que ofrece. Sin lugar a dudas, contar con una protección extra siempre es de gran ayuda. Si no se necesita porque el inquilino paga a tiempo, mucho mejor. Pero una protección siempre viene bien, sobre todo si tenemos en cuenta que el porcentaje del valor del alquiler es realmente bajo. Por muy poco dinero se puede disfrutar de una gran protección.